martes, 10 de abril de 2018

I.- PROCESO DE SOCIALIZACIÓN. PERSONALIDAD JURÍDICA

I.- LA SOCIALIZACIÓN Y SU IMPORTANCIA EN LA EDUCACIÓN ACTUAL


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REFLEXIONEMOS:

1) ¿Qué problemáticas conoces que se den en tu sociedad, perjudicando la convivencia y las relaciones entre los individuos?
2) ¿Qué propones para eliminar la problemática y su impacto social e individual?

AGENTES DE SOCIALIZACIÓN:


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II.- LA SEXUALIDAD, EL GÉNERO Y LA ORIENTACIÓN SEXUAL

Aportes proporcionados por la Lic. Prof. Fernanda Palombo
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OMS (2000), la Sexualidad refiere a una dimensión fundamental de la persona, basada en el sexo, género, orientación sexual, erotismo y vinculación afectiva; fundamentalmente, se expresa a través de fantasías, deseos, creencias, actitudes, valores, actividades, prácticas, roles y relaciones. 
Es posible afirmar que, la Sexualidad es el resultado de la interacción de factores biológicos, psicológicos, socioeconómicos, culturales, éticos y religiosos.

Flores Colombino (1999): “Como complejo bio, psico, socio-cultural, la sexualidad humana ha adquirido un nuevo significado para el hombre de la segunda mitad del siglo XX”.
Flores Colombino, A. (1999): La sexualidad, es un sistema de conductas o comportamientos, de fuente instintiva e intelectiva, con una finalidad reproductiva (función reproductiva) y placentera (función erótica), al servicio de la comunicación y la trascendencia, que se descarga en un objeto sexual a través del coito o sus sustitutos, y condicionado en su expresión por las pautas culturales y morales de cada época y lugar. (p.95)

Lo heteronormativo: lo heteronormativo refiere a las normas que asimilamos desde la primera niñez relativa al sexo con el que nacimos. Es decir, los parámetros culturales que tienen que ver con el ser varón o ser mujer (lógica binaria)


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Algunos aportes de autores:

ü  Es importante aclarar: LA SEXUALIDAD NO SE EDUCA. Lo que si se educa es el respeto, el encuentro con lxs otrxs distintxs, que no hay una única verdad, etc. Lo importante acá, o por lo menos como yo lo trabajo, es que realmente no hay una única respuesta y sería importante que cada estudiante y cada docente, investigue sobre las múltiples historias. 
La visión biologicista y la visión socio-cultural: son distintas. Discrepan. Son dos paradigmas diferentes. Obviamente, no es posible dejar de lado lo histórico y lo cultural, y más aún, lo político. Cada época ha adjudicado el modo de deber ser para poder ejercer la influencia en todxs necesaria para practicar el poder o el control. Pensá en la monarquía por ejemplo, o en el capitalismo. Hay un mecanismo que “funciona” si somos varones y mujeres “funcionales”, para el Estado, o la religión. Consumimos las pinturas para pared, la ropa, los juguetes. Y así, funciona…en ese sentido, “funcionales”.
ü  Lo heteronormativo: se construye e instaura como una norma, como un régimen político, con carga ideológica y se asienta sobre las diferencias sexuales, en relaciones jerárquicas y asimétricas. Dicho pensamiento sigue convergiendo en la sociedad actual, producto además de una tradición judeo - cristiana, que parece hacer necesarias las lógicas binarias.

Algunos ejemplos para relfexionar:

¿Cuál es la Diferencia? del Colectivo Ovejas Negras



Entrevistas Beatriz Paul Preciado:

Paul Beatriz Preciado (nacido como Beatriz Preciado, Burgos, 1970) es un filósofo feminista, destacado por sus aportes a la Teoría Queer y la filosofía del género. Ha sido discípulo de Ágnes Heller y Jacques Derrida.

Agnes Heller (Budapest, 12 de mayo de 1929) es una filósofa húngara. Una prominente pensadora marxista en un primer momento, más tarde se plegó a una posición socialdemócrata. Además del pensamiento político y social, también se centra en la filosofía hegeliana, la ética, y el existencialismo.

Jacques Derrida (El-Biar, Argelia francesa, 15 de julio de 1930 - París, 8 de octubre de 2004) fue un filósofo francés de origen argelino, conocido popularmente por desarrollar un análisis semiótico conocido como deconstrucción.

La Teoría Queer es una teoría sobre el género que afirma que la orientación sexual y la identidad sexual o de género de las personas son el resultado de una construcción socialy que, por lo tanto, no existen papeles sexuales esencialesbiológicamente inscritos en la naturaleza humana, sino formas socialmente variables de desempeñar uno o varios papeles sexuales.
Normalidad y anomalía: De acuerdo con ello, la Teoría Queer (TQ) rechaza la clasificación de los individuos en categorías universales como “homosexual“, “heterosexual“, “hombre” o “mujer“, sosteniendo que éstas esconden un número enorme de variaciones culturales, ninguna de las cuales sería más fundamental o natural que las otras. Contra el concepto clásico de género, que distinguía lo “heterosexual” socialmente aceptado (en inglés straight) de lo “anómalo” (queer), la Teoría Queer afirma que todas las identidades sociales son igualmente anómalas.







Luego de ver y escuchar las entrevistas reflexionemos:
  1. ¿Cuál es la diferencia entre los seres sexuados y seres sexuales?
  2. Orientación sexual, ¿se puede elegir? ¿se puede optar?


Declaración del 13º Congreso Mundial de Sexología (Valencia, España) 


Declaración revisada y aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología (WAS) el 26 de agosto de 1999 (en el 14º Congreso Mundial de Sexología, Hong Kong, República popular China) y bajo la anuencia de la ONU y de la OMS, se declara el Derecho a la Educación Sexual, como uno más de los Derechos Humanos. También lo toma la FLASSES (Federación Latinoamericana de Sociedades de Sexología y Educación Sexual) y no menos importantes, han sido los cambios relativos a la agenda pública que han implicado la implementación de  la Educación Sexual a nivel oficial y de manera formal.

Los Derechos Sexuales son Derechos Humanos Universales basados en la libertad, dignidad e igualdad, inherentes a todos los seres humanos. Dado que la salud es un derecho humano fundamental, la salud sexual debe ser un derecho humano básico. Para asegurar el desarrollo de una sexualidad saludable en los seres humanxs y las sociedades, los derechos sexuales deben ser reconocidos, promovidos, respetados y defendidos por todas las sociedades con todos sus medios. La salud sexual es el resultado de un ambiente que reconoce, respeta y ejerce estos derechos sexuales:

  1. El derecho a la libertad sexual. La libertad sexual abarca la posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los individuos. Se excluye toda forma de coerción, explotación y abuso sexuales en cualquier tiempo y situación de la vida.
  2. El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexual. Este derecho incluye la capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la propia vida sexual dentro del contexto de la ética personal y social. También están incluidas la capacidad de control y disfrute de nuestros cuerpos, libres de tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.
  3. El derecho a la privacidad sexual. Este involucra el derecho a las decisiones y conductas individuales realizadas en el ámbito de la intimidad siempre y cuando no interfieran en los derechos sexuales de otros.
  4. El derecho a la equidad sexual. Este derecho se refiere a la oposición a todas las formas de discriminación, independientemente del sexo, género, orientación sexual, edad, raza, clase social, religión o limitación física o emocional.
  5. El derecho al placer sexual. El placer sexual, incluyendo el autoerotismo, es fuente de bienestar físico, psicológico, intelectual y espiritual.
  6. El derecho a la expresión sexual emocional. La expresión sexual va más allá del placer erótico o los actos sexuales. Todo individuo tiene derecho a expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión emocional y el amor.
  7. El derecho a la libre asociación sexual. Significa la posibilidad de contraer o no matrimonio, de divorciarse y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales responsables.
  8. El derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables. Esto abarca el derecho a decidir tener o no hijos, el número y el espacio entre cada uno, y el derecho al acceso pleno a los métodos de regulación de la fecundidad.
  9. El derecho a información basada en el conocimiento científico. Este derecho implica que la información sexual debe ser generada a través de la investigación científica libre y ética, así como el derecho a la difusión apropiada en todos los niveles sociales.
  10. El derecho a la educación sexual integral. Este es un proceso que se inicia con el nacimiento y dura toda la vida y que debería involucrar a todas las instituciones sociales