miércoles, 17 de septiembre de 2014

Informe sobre Derechos Humanos en Uruguay 2013

Presentado: 27 de febrero de 2014

Resumen ejecutivo
La República Oriental del Uruguay es una república constitucional con un presidente elegido y un parlamento bicameral. El país tiene un sistema electoral multipartidista con tres partidos principales. En noviembre de 2009, en elecciones libres y transparentes en segunda vuelta, José Mujica obtuvo el mandato presidencial de cinco años y su partido, el Frente Amplio, la mayoría en el Parlamento. Mujica asumió el cargo en marzo de 2010. Las autoridades mantuvieron efectivamente el control de las fuerzas de seguridad y estas no cometieron abusos a los derechos humanos.
Los principales problemas de derechos humanos incluyeron el uso generalizado de detención preventiva prolongada, que generó un grave hacinamiento y condiciones duras en el sistema carcelario, la violencia contra la mujer, la trata de personas y la discriminación social contra personas de origen afro-uruguayo, lesbianas, homosexuales, bisexuales y transgénero (LGBT).
El gobierno tomó medidas para enjuiciar a los funcionarios que cometieron abusos; no hubo informes de impunidad durante el año.
Parte 1. Respeto por la integridad de la persona, inclusive:
a. Muerte arbitraria o ilegítima
No hubo denuncias de que el gobierno o sus agentes cometieran asesinatos arbitrarios o ilegales.
b. Desaparición
No ha habido denuncias de personas desaparecidas por motivos políticos.
c. Tortura y otros casos de tratamiento o castigo cruel, inhumano o degradante
La ley prohíbe estas prácticas, y no hubo denuncias de que oficiales de gobierno las emplearan.
El Ministerio del Interior informó que un promedio de 100 oficiales de policía son cesados cada año por corrupción, petición de coimas, extorsión y tráfico de drogas en centros de detención.
Condiciones de las prisiones y centros de detención
Las condiciones en las prisiones y los centros de detención siguieron siendo duras y en algunos casos peligra la vida de los reclusos. Las crecientes tasas de criminalidad y reincidencia (60%), así como el uso generalizado de detención preventiva, hacen que el sistema esté a un 125% de su capacidad. La falta de personal en algunas instalaciones siguió siendo un problema.
Otros problemas incluyeron la corrupción policial, las armas de fuego y las drogas en los establecimientos carcelarios, el tráfico de drogas y la extorsión por parte de bandas carcelarias, un mal mantenimiento y malos servicios en las instalaciones, un uso excesivo de la fuerza y el aislamiento como medidas disciplinarias, y atención médica inadecuada.
Condiciones físicas: El gobierno informó que había 9.535 presos (665 mujeres), de los cuales el 65% estaba a la espera del juicio. Las instalaciones tenían capacidad para albergar aproximadamente 8.900 presos. Los hospitales públicos de salud mental Vilardebó, Colonia Etchepare, Santín Carlos Rossi y otros del interior alojaron 350 presos. Las autoridades tuvieron detenidos a la espera de juicio y delincuentes condenados en las mismas instalaciones, aunque los adolescentes, las mujeres y los hombres estuvieron en instalaciones diferentes. Las condiciones en las cárceles de mujeres, jóvenes y hombres no difirieron en forma perceptible. Hubo centros de detención diferentes para procesar y recluir a delincuentes adolescentes femeninas. El Sistema de Responsabilidad Adolescente (SIRPA) del Instituto Nacional del Niño y Adolescente Uruguayo (INAU) informó que 600 adolescentes fueron encarcelados en instalaciones cuya capacidad alcanza las 350 plazas. Veintiséis mujeres de la Cárcel "El Molino" pudieron tener a sus hijos con ellas con la ayuda de personal del INAU. Hubo otros 39 niños en 13 centros de detención diferentes. Los presos con discapacidades tuvieron dificultades para recibir la atención médica especializada que necesitaron.
Hubo 17 muertes en las cárceles en 2012 por homicidio y suicidio. Seis presos murieron de tuberculosis y tres de enfermedades relacionadas con el VIH/SIDA. Algunas instalaciones tuvieron problemas de saneamiento, ventilación, control de temperatura, iluminación y acceso al agua potable inadecuados. Los calentadores fabricados por los presos que podían incendiar las divisorias temporales continuaron representando riesgos de incendio. La mayoría de las instalaciones no tuvieron las debidas autorizaciones de seguridad del Departamento de Bomberos y muchas de las necesidades básicas no estuvieron cubiertas. Los prisioneros dependieron de los visitantes para tener ropa y suficientes alimentos para llegar al consumo diario mínimo de calorías. Con frecuencia las presas no recibieron ningún tipo de ayuda de parte de sus familias.
La violencia entre los prisioneros continuó, especialmente debido a la falta de una cárcel separada de alta seguridad para los delincuentes violentos.
Los presos en los hospitales públicos de salud mental Vilardebó, Colonia Etchepare, Santín Carlos Rossi y algunas instalaciones en el interior tenían un promedio de 30 años de edad, y se informó que la mayoría de ellos eran adictos a las drogas.
Las autoridades mantuvieron recluidos a los oficiales militares y policiales condenados por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar (1973-85) en la Cárcel Domingo Arena, donde las condiciones fueron muy diferentes a las de las otras prisiones. Las celdas estaban amuebladas e incluían televisión cable y una heladera. Los presos tenían acceso libre a teléfonos públicos.
Hubo informes de uso excesivo de la fuerza en la Colonia Berro y en algunas instalaciones los reclusos sufrieron de condiciones inhumanas y degradantes como consecuencia del hacinamiento. En agosto los presos fueron inmediatamente evacuados luego de haber prendido fuego colchones y destruido las instalaciones del Módulo II del Comcar. En octubre tres presos fallecieron durante un motín en el Módulo I del Comcar. De acuerdo con una investigación, los conflictos entre narcotraficantes fueron la causa del motín. Dos presos fallecieron a causa de disparos de la policía y otro a causa de lesiones sufridas durante el motín, que tuvo una duración de seis horas. El informe que el Comisionado Parlamentario Penitenciario presentó al Parlamento concluyó que las muertes fueron ejecuciones extrajudiciales.
La Unión de Sindicatos Policiales afirmó que los guardias carcelarios mal pagados trabajaron demasiadas horas en condiciones infrahumanas y enfrentaron constantes amenazas a sus vidas. El informe del Comisionado indicó que la relación entre el número de guardias y presos era peligrosamente alta (en algunos casos un guardia supervisaba 250 presos) y que los extensos horarios y las duras condiciones de trabajo provocaban un estrés extremo en los guardias carcelarios.
Administración: El Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) del Ministerio del Interior estuvo a cargo de la gestión y reorganización de los centros de detención a nivel nacional y de la implementación de medidas de rehabilitación y sustitutivas a la privación de la libertad. Los registros del INR sobre los reclusos fueron adecuados e incluyeron archivos sobre cada recluso con datos personales, registro de antecedentes policiales e información sobre la condena.
Las autoridades judiciales usaron pocas alternativas a la privación de libertad para delincuentes no violentos. La Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA) no tuvo suficientes recursos humanos y financieros para trabajar en la mayoría de los departamentos del interior y solo trabajó en zonas hasta 40 km de distancia de Montevideo.
La Asamblea General elige un Comisionado Parlamentario Penitenciario que es responsable de hacer el seguimiento e informar anualmente al Parlamento sobre las condiciones de los 29 centros de detención del país. Representantes de la Oficina del Comisionado Parlamentario hicieron 413 visitas a las cárceles en 2012. El Comisionado coordina las tareas con la Institución Nacional de Derechos Humanos. El Comisionado recibe quejas de presos y puede presentar informes y recomendaciones, pero no puede actuar en nombre de presos y detenidos para considerar asuntos como las medidas alternativas a la privación de libertad para delincuentes no violentos para reducir el hacinamiento. La reclusión de delincuentes juveniles no está dentro de sus competencias.
El gobierno investigó y supervisó las condiciones de las cárceles y centros de detención. Los visitantes tuvieron acceso razonable a los presos y detenidos, y los funcionarios carcelarios permitieron las prácticas religiosas a los reclusos. Las autoridades permitieron a los presos y detenidos presentar denuncias ante las autoridades judiciales, sin censura, y solicitar la investigación de las denuncias creíbles de condiciones inhumanas.
Controles independientes: El gobierno permitió a observadores independientes de derechos humanos, organizaciones no gubernamentales (ONG), congregaciones religiosas y diplomáticos extranjeros que realizaran visitas generales a las cárceles. Estas visitas se realizaron sin obstáculos durante el año.
Manfred Nowak, ex relator especial de las Naciones Unidas contra la tortura, visitó Montevideo en marzo. Notó mejoras en algunas instalaciones como Punta de Rieles, la construcción de nuevas instalaciones y la reparación o clausura de establecimientos obsoletos. También reconoció avances en el plan del gobierno para traspasar gradualmente la supervisión de las cárceles y su personal al INR. Sin embargo, instó al gobierno a iniciar una reforma integral del sistema judicial, indicando que "la prisión preventiva antes del juicio debería ser una excepción y no la regla". Nowak también enfatizó que la falta de separación entre los reclusos con y sin condena (estos últimos representan el 60% de los presos) era una violación al derecho de presunción de inocencia.
Mejoras: El INR aumentó en 1.266 plazas la capacidad de reclusión del Comcar. El informe de mayo del Comisionado Parlamentario Penitenciario indicó la aplicación de una ley de rehabilitación que permitía a los reclusos acortar sus condenas en dos días por cada día de trabajo o estudio que completaran. El INR firmó un contrato con la Federación Uruguaya de Remo para que los reclusos del Comcar fabriquen botes de remos de competencia. La OSLA firmó acuerdos con la OSE y el Correo Uruguayo para encontrar oportunidades laborales para los presos (una vez que recobran la libertad) y para sus familias. Las autoridades solo otorgaron salidas transitorias a 6% de los reclusos (principalmente mujeres). El Comisionado Parlamentario informó que 23% de los presos de los 29 centros de reclusión trabajaron o estudiaron. En algunas cárceles del interior ese número alcanzó el 80%. La contratación de nuevos operadores penitenciarios civiles por parte del INR dio al sistema recursos humanos adicionales. 
d. Arresto o detención arbitraria
La ley y la Constitución prohíben el arresto y detención arbitraria y el gobierno, en general, respetó estas prohibiciones.
Función de la policía y del aparato de seguridad
La Policía Nacional, en la órbita del Ministerio del Interior, mantiene la seguridad interna. Las autoridades civiles mantuvieron el control eficaz sobre la Policía Nacional, y el gobierno cuenta con mecanismos eficaces para investigar y castigar abusos y corrupción. Las Fuerzas Armadas, en la órbita del Ministerio de Defensa Nacional, son responsables de la seguridad externa y tienen algunas responsabilidades dentro del país como guardias del perímetro exterior de seis cárceles. No hubo denuncias de impunidad que afectaran a la policía y las fuerzas de seguridad durante el año.
Procedimientos de arresto y tratamiento de los detenidos
La policía detuvo abiertamente a sospechosos con órdenes basadas en prueba suficiente (causa fundada) y expedidas por funcionarios debidamente autorizados. Estos comparecieron ante un Poder Judicial independiente. La ley establece que los detenidos tienen derecho a una rápida decisión judicial sobre la legalidad de la detención y exige que la autoridad que hace la detención explique los motivos legales de la misma. La Constitución establece que una persona no podrá estar detenida por más de 24 horas sin que se informe a un juez de la detención. El juez tiene entonces 24 horas adicionales para determinar si la persona debe ser procesada y enviada a prisión, procesada bajo fianza o liberada por falta de causa fundada. No será válida cualquier confesión obtenida por la policía antes de que el detenido comparezca ante el juez y sin un abogado presente. El juez debe investigar cualquier reclamación del detenido por maltrato. Un abogado asignado a cada comisaría informa al Ministerio del Interior sobre el trato dado a los detenidos.
Si el detenido no puede pagar un abogado, el juzgado designa a un defensor de oficio sin costo. El Código del Procedimiento Penal prohíbe la fianza a la mayoría de las personas acusadas de delitos cuya condena sea de por lo menos dos años de penitenciaría. El juez podrá fijar fianza si la persona es primaria y se toman medidas para evitar que la persona se fugue. La mayoría de las personas que enfrentaron acusaciones menores no fueron encarceladas. Los funcionarios permitieron a los detenidos el rápido acceso a sus familiares.
Detención preventiva: El uso de la detención preventiva es obligatorio para determinados delitos y los largos procedimientos jurídicos, el gran número de detenidos y la escasez de personal en el sistema judicial resultaron en demoras en los juicios y superpoblación carcelaria. Algunos detenidos permanecieron años en prisión a la espera del juicio y la incertidumbre y el tiempo de detención contribuyeron a tensiones y estrés psicológico en las cárceles.
Amnistía: La Justicia continuó investigando las graves violaciones de los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar entre 1973 y 1985. La ley considera a los crímenes cometidos durante la dictadura militar (1973-1985) como crímenes de lesa humanidad. Una resolución del Consejo de Ministros de junio de 2011, la sentencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Gelman contra Uruguay) en 2011 y la Ley 18.831 revirtieron la Ley de Caducidad, que había concedido amnistía a los militares tras el retorno a la democracia en 1985. En febrero de 2012 la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional la Ley 18.831, afirmando que los crímenes de lesa humanidad mencionados están sujetos a prescripción.
e. Denegación de juicio público justo
La Constitución prevé un Poder Judicial independiente y el gobierno, en general, respetó la independencia judicial.
Procedimientos judiciales
La Constitución establece que ninguna persona podrá ser encarcelada sin ser sometida a la justicia y enjuiciada. Los acusados tienen el derecho de presunción de inocencia, de ser informados rápida y detalladamente de los cargos que se les imputan, y de tener el tiempo y los medios adecuados para preparar su defensa. No se usan los jurados. Por lo general, los procedimientos judiciales consisten en alegatos escritos al juez, que normalmente no se hacen públicos. Los acusados tienen el derecho de consultar a un abogado en forma oportuna, y a aquellos que no tienen un abogado se les asigna uno por cuenta del estado. Solamente el juez, el fiscal y el defensor tienen acceso al expediente escrito. Los acusados pueden repreguntar a los testigos en su contra y presentar testigos y pruebas a su favor. Los jueces pueden optar por conocer los argumentos en forma oral, pero la mayoría de los jueces optaron por el método escrito, factor principal que enlenteció el proceso judicial. Los acusados tienen el derecho de apelación. La ley confiere estos derechos a todos los ciudadanos.
Detenidos y prisioneros políticos
No hubo informes de prisioneros o detenidos por razones políticas.
Procedimientos judiciales civiles y recursos
Existen procedimientos administrativos transparentes para manejar las denuncias de abuso por parte de agentes del gobierno. Un poder judicial independiente e imparcial conoce de las causas civiles, pero sus decisiones no se hicieron cumplir eficazmente. La policía local no dispuso de la capacitación y personal para hacer cumplir las órdenes de restricción, generadas frecuentemente en litigios civiles relacionados con violencia doméstica. Los casos que involucran violaciones a los derechos humanos de una persona pueden ser presentados a través de una petición de personas u organizaciones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual podrá remitir el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Corte podrá ordenar reparaciones civiles, incluso una compensación justa para la persona perjudicada.
f. Interferencia arbitraria con la privacidad, familia, hogar o correspondencia
La ley prohíbe dichas prácticas y el gobierno, en general, respetó estas prohibiciones.
Parte 2. Respeto de las libertades civiles, incluso:
a. Libertad de expresión y de prensa
La ley establece la libertad de expresión y de prensa, y el gobierno, en general, respetó estos derechos. Una prensa independiente, un poder judicial eficaz y un sistema político democrático en vigencia se aunaron para asegurar la libertad de expresión y de prensa. Los medios independientes estuvieron activos y expresaron una amplia variedad de opiniones sin restricciones formales.
Libertad en Internet
No hubo restricción por parte del gobierno con respecto al acceso a Internet ni denuncias creíbles de que el gobierno controlara el correo electrónico o las “salas de chat” de Internet sin la debida orden judicial. La Unión Internacional de Telecomunicaciones informó que el 55,1% de la población usó Internet y el 48,4% de los hogares tuvo acceso a Internet en 2012.
Libertad académica y eventos culturales
No hubo restricciones del gobierno con respecto a la libertad académica o eventos culturales.
b. Libertad de reunión pacífica y asociación
La ley establece la libertad de reunión y asociación y el gobierno, en general, respetó estos derechos.
c. Libertad de culto
Ver el Informe sobre Libertad de Culto en el Mundo del Departamento de Estado en www.state.gov/j/drl/irf/rpt.
d. Libertad de movimiento, personas desplazadas internamente, protección de refugiados y personas sin patria
La ley establece la libertad de movimiento interno, de viaje al extranjero, de migración y de repatriación. El gobierno, en general, respetó estos derechos. El gobierno cooperó con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otras organizaciones humanitarias dando protección y asistencia a personas desplazadas internamente, refugiados, a quienes procuraron asilo, personas sin patria y otras personas de interés.
Exilio: La ley dispone que en casos extremos de emergencia nacional se puede dar la opción a una persona de abandonar el país como alternativa a un juicio o prisión; sin embargo, esta opción no se ha ejercido por lo menos durante las últimas dos décadas.
Protección de refugiados
Acceso a asilo: La ley prevé la concesión de la condición de refugiado. Por medio de su Comisión para los Refugiados, el gobierno estableció un sistema para resolver las solicitudes de asilo, brindar protección a los refugiados y encontrar soluciones duraderas, incluido el reasentamiento.
Parte 3. Respeto por los derechos políticos: El derecho de los ciudadanos de cambiar su gobierno
La ley establece el derecho de los ciudadanos a cambiar su gobierno en forma pacífica y los ciudadanos ejercieron este derecho a través de elecciones periódicas, libres y transparentes celebradas sobre la base del sufragio universal.
Elecciones y participación política
Últimas elecciones: En el mes de noviembre de 2009, José Mujica de la coalición Frente Amplio obtuvo el mandato presidencial de cinco años en elecciones libres y transparentes en segunda vuelta. Esta segunda vuelta fue posterior a las primarias de los partidos celebradas en junio de 2009 y a una elección libre y transparente, en primera vuelta, entre los cuatro partidos principales, celebrada en el mes de octubre de 2009. El Presidente Mujica asumió el cargo en marzo de 2010. En las elecciones parlamentarias de octubre de 2009, el Frente Amplio obtuvo 16 de las 30 bancas del Senado y 50 de las 99 bancas de la Cámara de Representantes.
Participación de las mujeres y minorías: Las mujeres participaron en el proceso político y en el gobierno, aunque fundamentalmente en los niveles medio y bajo. Dos de los 30 senadores y 12 de los 99 diputados fueron mujeres. Dos de los trece ministros que componen el gabinete fueron mujeres. No hubo miembros de las minorías en el parlamento y un miembro de la minoría integró el gabinete.
Parte 4. Corrupción y falta de transparencia en el gobierno
La legislación establece sanciones penales por corrupción a nivel oficial, y el gobierno, en general, implementó esta legislación en forma eficaz. Hubo algunas denuncias formales e informales de corrupción policial y gubernamental, que las autoridades encararon mediante las acciones legales pertinentes.
Corrupción: La Junta de Transparencia y Ética Pública es responsable de promover la transparencia en el gobierno y de implementar medidas preventivas en la lucha contra la corrupción. Actúa como junta asesora para el Poder Ejecutivo y recopila datos sobre la divulgación de información financiera de funcionarios gubernamentales designados y elegidos.
Protección de denunciantes: Existen leyes y decretos que establecen la protección de los ciudadanos en general. La ley penaliza a quien intente oprimir a un testigo y hay disposiciones especiales sobre funcionarios del Estado.
Divulgación de información financiera: La ley requiere que los funcionarios designados y elegidos publiquen información sobre sus ingresos y bienes. Cada año, la Junta de Transparencia y Ética Pública, nombrada por el presidente, publica listas de los nombres de los funcionarios públicos que deben presentar una declaración en su sitio web e informa a sus organizaciones sobre quiénes deben cumplir con este requisito. El titular, el Poder Judicial, una comisión parlamentaria especial o la Junta de Ética (por voto de la mayoría) podrán tener acceso a la información que se incluye en las declaraciones. La Junta podrá indicar a la oficina de algún funcionario que retenga el 50% de su salario hasta que presente la declaración, y podrá publicar en el Diario Oficial los nombres de quienes no cumplan con este requisito.
Acceso público a la información: La ley de derecho de acceso a la información pública, que establece que el acceso público a la información del gobierno es un derecho humano, promueve la transparencia en los procedimientos administrativos de las agencias del gobierno y establece el acceso general a la información pública. De acuerdo con la ley, la información pública abarca toda la información que está en poder de un organismo del gobierno (excepto aquella información que se considere confidencial). La ley requiere que las agencias del gobierno hagan público su organigrama, cometidos, salarios y asignación presupuestal y que presenten informes periódicamente. Las autoridades implementaron la ley de manera eficaz. Sin embargo, no hubo actividades de compromiso público para estimular su uso.
Parte 5. Actitud del gobierno con relación a la investigación internacional y no gubernamental de presuntas violaciones de los derechos humanos
Una serie de grupos nacionales e internacionales de derechos humanos actuaron, en general, sin restricción por parte del gobierno, investigando y publicando los resultados de sus investigaciones sobre casos de derechos humanos. En general, los funcionarios gubernamentales cooperaron y fueron receptivos a sus opiniones.
Órganos gubernamentales de derechos humanos: La Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo fue creada por ley en 2008 como un órgano autónomo del Parlamento y comenzó a operar en 2012. Está formada por un consejo directivo de cinco miembros propuestos por organizaciones de la sociedad civil y aprobados por dos tercios de votos del total de componentes de la Asamblea General. Ocupan el cargo por un período de cinco años y pueden ser reelectos una vez. En 2012 la Institución presentó un informe sobre los compromisos del país en relación con la migración, el voto en el exterior y la trata de personas. Recibió 342 denuncias desde 2012 hasta octubre de 2013, principalmente alegando discriminación contra afro-uruguayos y personas con discapacidades. Las autoridades de la Institución notaron un aumento de las consultas sobre temas generales por parte de ONG. La mitad de las denuncias se resolvieron a través de mediaciones. La Institución trabajó con el Comisionado Parlamentario Penitenciario, que rinde informes a la Asamblea General. No trabajó sobre violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar (1973-85) dado que fueron investigadas por la Secretaría de Derechos Humanos de Presidencia.
La Comisión contra el Racismo, la Xenofobia y toda Forma de Discriminación, encabezada por el Director de Derechos Humanos del Ministerio de Educación y Cultura, está integrada por representantes del gobierno, de las religiones y de la sociedad civil. Desde su creación en 2007 hasta setiembre de 2012, la comisión investigó 121 casos de presunta discriminación. La comisión no ha tenido asignación presupuestal desde 2010 y las designaciones de sus miembros han terminado.
Parte 6. Discriminación, abusos sociales y trata de personas
La ley prohíbe la discriminación basada en raza, género, discapacidad, lengua, o estatus social, y el gobierno hizo cumplir, en general, estas prohibiciones con eficacia, aunque persistió la discriminación social contra algunos grupos.
Mujeres
Violación y violencia doméstica: La ley penaliza la violación, incluso la violación a nivel conyugal. La ley prevé penas de 2 años de prisión a 12 años de penitenciaría para una persona que es declarada culpable de violación. Esta ley se aplicó de manera efectiva. El Ministerio del Interior informó sobre 257 casos de violación en 2012. Funcionarios del Ministerio consideraron que algunas víctimas de violación no denunciaron dichos incidentes por no comprender sus derechos y por temor al estigma social o a represalia.
La ley penaliza la violencia doméstica, incluida la violencia física, psicológica y sexual, pero las víctimas que no sufrieron lesiones graves frecuentemente no presentaron denuncias. Fue más probable que las víctimas que requirieron hospitalización recibieran asistencia posterior de autoridades de la salud y policiales. El Ministerio del Interior informó de 23.988 casos de violencia doméstica en 2012, de los cuales 26 resultaron en fallecimiento. La ley establece penas de seis meses a dos años de prisión para la persona que es declarada culpable de cometer un acto de violencia o de hacer amenazas continuas de violencia. Los juzgados civiles resolvieron la mayoría de los casos de violencia doméstica durante el año. Con frecuencia, los jueces en esos casos emitieron órdenes de restricción que fueron de difícil cumplimiento. En febrero, el Poder Judicial comenzó a aplicar un plan piloto con el Ministerio del Interior para imponer el uso de tobilleras electrónicas a autores del delito de violencia doméstica. El conjunto de dispositivos (uno para la víctima y otro para el victimario) controla la distancia entre ambas partes. El programa incluye cursos de capacitación para jueces.
El Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), algunas Jefaturas de Policía del interior, el INAU y diferentes ONG atendieron centros donde las mujeres sometidas a abusos y sus hijos pudieron buscar refugio provisorio. Todos los servicios recibieron fondos y recursos humanos de acuerdo con la prevalencia informada de violencia doméstica en cada área. El gobierno municipal de Montevideo y la empresa telefónica estatal ANTEL financiaron una línea pública directa gratuita a nivel nacional para víctimas de violencia doméstica, atendida por empleados capacitados de organizaciones no gubernamentales.
Acoso sexual: La ley prohíbe el acoso sexual en el lugar de trabajo y lo castiga con multas o despido. La ley establece lineamientos para prevenir el acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en relaciones entre docentes y estudiantes, y define un sistema de daños para las víctimas. En febrero el Ministerio del Interior aprobó un protocolo de acción específico. En setiembre, la Dirección de Derechos Humanos de la Administración Nacional de Educación Pública aprobó un protocolo específico para centros de estudio.
Derechos reproductivos: Las parejas y las personas tuvieron el derecho de decidir, libre y responsablemente, el número, espacio y momento de tener hijos, y contaron con la información y los medios para hacerlo sin discriminación, coerción ni violencia. El acceso a la información sobre contracepción, asistencia calificada en el parto, y cuidado pre y posparto estuvo extensamente disponible. Hubo personal calificado atendiendo cerca del 75% de los partos.
Discriminación: Conforme a la ley, las mujeres gozan de la misma situación jurídica y los mismos derechos que los hombres, incluso los contemplados por la legislación de familia y de bienes. Sin embargo, las mujeres sufrieron discriminación en acceso al empleo, salarios, créditos y dificultades en la concreción de emprendimientos comerciales. Ningún caso de discriminación de género se ha litigado. El Instituto Nacional de las Mujeres supervisó la labor de una Comisión Tripartita para la Igualdad de Oportunidades y Trato en el Empleo, que incluyó una subcomisión para consideraciones de género en materia de salarios y beneficios. La ley no requiere igualdad de pago para quienes realizan la misma tarea. Las mujeres constituyeron casi la mitad de la fuerza laboral, pero con una tendencia a estar concentradas en los puestos de trabajo que perciben remuneraciones más bajas; el promedio de sus salarios fue 51% de los de los hombres que hacían tareas similares.
Niños
Inscripción de nacimientos: La ciudadanía se obtiene por nacimiento dentro del territorio del país o a través del padre o la madre. El gobierno inscribió todos los nacimientos inmediatamente.
Maltrato infantil: El Portal de los Derechos del Niño informó que fue frecuente el abuso dentro del hogar y la violencia contra los niños. El gobierno promovió campañas de sensibilización pública contra el abuso infantil. El Sistema Integral de Protección a la Infancia y a la Adolescencia contra la Violencia (SIPIAV), creado en 2007, es dirigido por el INAU e incluye al MIDES, a los Ministerios de Salud Pública y del Interior y a la Administración Nacional de Educación Pública. Opera con la colaboración del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (UNPD). La línea directa del INAU recibió 435 denuncias de violencia contra niños y adolescentes en 2012 (46% en niños y 54% en niñas). En 2012 las ONG que trabajaron para el INAU recibieron 804 casos de víctimas infantiles de violencia o abuso sexual. El plan de trabajo 2012-15 del SIPIAV incluye campañas de concientización y capacitación para funcionarios públicos y de la sociedad civil que trabajan en estos temas.
Matrimonio forzoso y matrimonio infantil: La edad mínima legal para contraer matrimonio es 18 años, pero las niñas de 12 años y los niños de 14 pueden casarse con consentimiento de sus padres. El matrimonio infantil no se percibe como un problema importante.
Explotación sexual de menores: La edad mínima de consentimiento sexual es 12 años. Cuando la unión carnal es con un menor de 15 años de edad, se presume violencia y pueden aplicarse las leyes sobre relaciones sexuales con menores, que castigan con una pena de 2 años de prisión a 12 años de penitenciaría. Sin embargo, los menores de entre 12 y 15 años pueden legalmente tener relaciones sexuales consensuales entre sí. Las penas por proxenetismo de menores van de 4 a 16 años de penitenciaría. La pornografía infantil es ilegal, y las penas van de 1 año de prisión a 6 años de penitenciaría. Algunos niños fueron víctimas de explotación sexual comercial, incluida la trata con fines sexuales de prostitución y pornografía. Las leyes contra la pornografía infantil se aplicaron de manera efectiva.
Sustracción internacional de menores: El país es parte de la Convención de La Haya de 1980 relativa a los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores. Para obtener más información, consulte el informe del Departamento de Estado sobre cumplimiento enhttp://travel.state.gov/abduction/resources/congressreport/congressreport_4308.htmlasí como la información específica de cada país enhttp://travel.state.gov/abduction/country/country_5810.html.
Antisemitismo
El Comité Central Israelita estimó la población judía entre 18.000 y 20.000. Hubo denuncias de actos antisemitas. Los incidentes incluyeron vandalizar un memorial judío, pintar esvásticas en paredes y escribir comentarios antisemitas en blogs de Internet. Los líderes judíos informaron que hubo un flujo de artículos y tapas de diseños gráficos tendenciosos en tres libros publicados. En enero el gobierno aprobó una cadena nacional para emitir un mensaje especial en conmemoración del Día Internacional del Holocausto y el Parlamento rindió homenaje durante una sesión extraordinaria. Los líderes israelitas locales informaron que la policía cooperó eficazmente investigando incidentes de antisemitismo. El Comité Central Israelita también organizó un seminario de sensibilización sobre legislación antidiscriminatoria.
Trata de personas
Ver el Informe sobre Trata de Personas del Departamento de Estado enwww.state.gov/j/tip.
Personas con discapacidades
La ley no prohíbe la discriminación contra personas con discapacidades físicas, sensoriales, intelectuales y mentales en empleo, educación, viaje aéreo y en otros medios de transporte o acceso a servicios de salud. La Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social supervisa la implementación de una ley de 2010 que protege los derechos de las personas con discapacidades. El censo nacional de 2011 reveló que el 15,9% de la población (517.771 personas) tenían algún tipo de discapacidad permanente, de los cuales la mitad vivían en hogares de bajos ingresos. La ley que exige el fácil acceso para personas discapacitadas no se aplicó en forma sistemática. La ley reserva no menos de un 4% de los puestos de trabajo del sector público para personas con discapacidad física y mental, pero la cuota no fue llenada. El gobierno no controló el cumplimiento ni hizo cumplir eficazmente las disposiciones. Tampoco promovió programas para brindar acceso a edificios, información, transporte público o comunicaciones. En mayo, la Intendencia de Montevideo y la Patronal Única del Taxi presentaron el primer servicio de taxi (una unidad) para personas con discapacidades, en asociación con el Programa Nacional de Discapacidad y el Instituto Nacional del Adulto Mayor. Este programa piloto gratuito para usuarios de sillas de ruedas se solicita y coordina por teléfono. La mayoría de los ómnibus públicos no tuvieron facilidades para pasajeros con discapacidades, aunque los aeropuertos y los puertos sí ofrecieron espacios adecuados con accesibilidad. La ley también dispone beneficios impositivos para empresas del sector privado y da beneficios de preferencia a pequeñas y medianas empresas dirigidas por personas con discapacidades. 
En mayo, UNICEF presentó un informe sobre la situación del aproximadamente 9,2% (47.779) de niños y adolescentes con discapacidades. El informe indicó que hubo fuertes barreras sociales que limitaron las posibilidades de estos niños. Algunos parques de Montevideo y Canelones contaron con instalaciones accesibles para sillas de ruedas, pero aún había mucho más para hacer. El informe indicó que desde 2002 las autoridades construyeron o adaptaron locales de educación primaria y secundaria para que pudieran ser utilizados por usuarios en sillas de ruedas, lo que permitió que el 87,3% de los niños y adolescentes con discapacidades asistiera a la escuela e incluso a la universidad. La Universidad de la República tiene un programa para ofrecer intérpretes de lengua de señas para estudiantes sordos. Algunos cines y otros locales culturales no tenían rampas de acceso. El programa “One Laptop per Child” (una computadora portátil por niño) de Uruguay siguió ofreciendo computadoras adaptadas especialmente para niños con discapacidades.
Minorías nacionales/raciales/étnicas
La minoría afro-uruguaya del país continuó enfrentando discriminación social. La ONG Mundo Afro afirmó que el Poder Judicial normalmente no aceptó casos de presunto racismo y discriminación basándose en que los casos no tenían suficientes fundamentos. En agosto el gobierno aprobó una ley de acción afirmativa que destina un 8% de los puestos de trabajo estatales a la minoría afro-uruguaya. La ley establece un plazo de diez años al término del cual se revisará la necesidad de mantener la cuota. El Instituto Nacional de Empleo deberá incluir a los afro-uruguayos en futuros cursos de capacitación. La ley también requiere que todos los sistemas de becas y apoyos estudiantiles incluyan una cuota para afro-uruguayos y otorga beneficios fiscales a las empresas que los contraten. En julio, un decreto del gobierno creó una comisión de seguimiento de las acciones y los acuerdos interinstitucionales para erradicar el racismo y la discriminación, dirigida por el Ministerio de Educación y Cultura. El Ministerio de Relaciones Exteriores designó al primer Embajador Itinerante en Asuntos Afro, un cargo creado por ley en 2010. El Ministerio de Educación y Cultura solicitó a la Academia Nacional de Letras que se eliminen las expresiones idiomáticas discriminatorias del Diccionario del español de Uruguay.
Un estudio del Instituto Nacional de Estadística indicó que los afro-uruguayos (8% de la población), especialmente los jóvenes, sufrieron una alta tasa de desempleo y un alto nivel de pobreza. La ONG Mundo Afro informó que el porcentaje de afro-uruguayos que trabajaron como obreros no calificados fue mucho mayor que el de miembros de otros grupos. Los afro-uruguayos estuvieron poco representados en el gobierno (solo el subsecretario de Industria, un diputado y el Vice Presidente del Correo Uruguayo fueron afro-uruguayos), en círculos académicos, y en los niveles medios y más altos de las empresas del sector privado.
El gobierno continuó su programa de extensión a la comunidad afro-uruguaya otorgando 70 becas de educación secundaria y técnica y fomentó la participación afro-uruguaya en el Fondo de Becas Carlos Quijano para estudios de posgrado. Sin embargo, Mundo Afro afirmó que este programa tuvo un impacto limitado ya que solo 1% de los afro-uruguayos asistieron a la universidad. Mundo Afro solicitó que el gobierno centrara sus esfuerzos educativos en reducir la alta tasa de deserción escolar. La Escuela Nacional de Policía, la Escuela Nacional de Operaciones de Paz del Uruguay, y el Instituto Artigas del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores incluyeron cursos de sensibilización acerca de la discriminación como parte de sus mallas curriculares. El Instituto Superior de Formación Afro de Mundo Afro ofreció cursos de sociología, política, historia, antropología, música, arte y literatura relacionadas con la cultura afro.
Durante el año el programa de radio de Mundo Afro en la radio AM amplió su alcance para incluir una campaña de "comunicación comunitaria contra el racismo" a través de una red de estaciones informales de radio AM. Otras actividades de extensión incluyeron exhibiciones regionales y seminarios.
Abusos y discriminación sociales, y actos de violencia basados en la orientación sexual e identidad de género
Ninguna ley penaliza la orientación sexual y las autoridades protegieron, en general, los derechos de las personas LGBT. Cuatro casos de travestis asesinados en 2012 y dos casos de 2013 no fueron resueltos. Colectivo Ovejas Negras (CON), una ONG que lucha por los derechos LGBT, solicitó información a las autoridades sobre estos casos pero no recibió respuesta. Además, CON mencionó supuestos casos de abuso sexual en centros de detención y la inminente cancelación del servicio de cambio de sexo disponible a la comunidad transgénero en un hospital público. Hubo informes aislados de violencia callejera contra personas LGBT; la policía no intervino en estos incidentes. CON afirmó que en ocasiones la policía se negó a registrar denuncias de discriminación y violencia callejera. La ONG también afirmó que en los departamentos del interior hubo actos de violencia y degradación de la policía contra personas transgénero que son prostitutas registradas legalmente. Hubo denuncias ocasionales de discriminación social no violenta, incluso discriminación laboral y ocupacional, basada en orientación sexual e identidad de género.
La Administración de los Servicios de Salud del Estado trabajó con las ONG LGBT para ofrecer talleres y capacitación en sensibilización pública para los trabajadores de la salud con el fin de crear centros de salud libres de prejuicios y discriminación.
Otros abusos y discriminación sociales
Hubo denuncias aisladas de discriminación social contra personas con VIH/SIDA.
Parte 7. Derechos de los trabajadores
a. Libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva
La ley, las normas complementarias y los reglamentos protegen el derecho de los trabajadores a constituir sindicatos y afiliarse a sindicatos independientes, realizar huelgas legales y negociar colectivamente. Los empleados públicos, empleados de empresas estatales, trabajadores de empresas privadas y trabajadores extranjeros legales pueden afiliarse a sindicatos. La ley regula la negociación colectiva y concede al gobierno una función importante en la resolución de conflictos laborales. La ley también designa a los sindicatos para que negocien en representación de los trabajadores cuyas empresas no pertenecen a ningún sindicato. La ley prohíbe expresamente la discriminación sindical y exige que los empleadores vuelvan a contratar a los trabajadores despedidos por actividades sindicales y que paguen indemnización a dichos trabajadores. Además, si un empleador contrata a empleados de un tercero, la ley responsabiliza al empresario por posibles infracciones laborales cometidas por aquel. Los trabajadores nacionales y extranjeros del sector informal no estuvieron incluidos en estas protecciones.
La División de Negociación Colectiva del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social investiga las denuncias de discriminación sindical presentadas por miembros de sindicatos. No se brindó información sobre reparaciones y penas del gobierno en respuesta a violaciones de los derechos. Existieron mecanismos en general eficaces, si bien extensos, para resolver los reclamos de los trabajadores contra sus empleadores. La ley establece un proceso conciliatorio antes de comenzar el juicio y requiere que se informe al empleador de la razón de la demanda y el presunto importe que se adeuda al trabajador. Una modificación de la ley en 2011 otorga a la defensa mayor plazo para responder a la demanda ante el juzgado y simplifica los procedimientos de apelación, acortando las demoras en la resolución de las disputas.
Las organizaciones de los trabajadores funcionaron sin intervención gubernamental ni política. La negociación colectiva ocurrió con regularidad pero algunos empleadores se negaron a negociar con los sindicatos y a aplicar los acuerdos. Los trabajadores ejercieron el derecho de huelga.
b. Prohibición de trabajo forzoso u obligatorio
La ley prohíbe toda forma de trabajo forzoso u obligatorio. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no informó haber identificado o investigado casos de trabajo forzoso durante el año. No se pudo obtener información sobre la efectividad de las inspecciones y los recursos del gobierno. Las penas por trabajo forzoso variaron entre dos y doce años según la normativa aplicada. Los trabajadores extranjeros siguieron siendo vulnerables al trabajo forzoso en el sector agrícola y el servicio doméstico. Algunas organizaciones de la sociedad civil informaron que asistieron a por lo menos una persona que estaba sometida a trabajo forzoso.
Ver también el Informe sobre Trata de Personas del Departamento de Estado en www.state.gov/j/tip.
c. Prohibición de trabajo infantil y edad mínima de empleo
La ley establece que la edad mínima para trabajar es 15 años, pero el INAU podrá emitir permisos de trabajo para menores de 13 a 15 años de edad solo en circunstancias especiales previstas por la ley. Los menores de 15 a 18 años requieren el permiso del gobierno para trabajar, deberán someterse a exámenes médicos antes de comenzar a trabajar y deberán renovar estos exámenes anualmente para confirmar que el trabajo realizado no supera la capacidad física del menor. El gobierno lleva una lista de trabajos peligrosos o que causan fatiga que los menores no deberían realizar y para los cuales no se conceden permisos. Los jóvenes entre 15 y 18 años no pueden trabajar más de 6 horas por día dentro de una semana laboral de 36 horas y no pueden trabajar entre las 22:00 y las 6:00 horas.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es responsable de supervisar el cumplimiento general de la normativa laboral, pero el INAU es responsable de hacer cumplir las leyes de trabajo infantil. Las empresas y personas que violen las leyes de trabajo infantil pueden recibir una multa de hasta $U1.200.000 (US$60.000). El monto se determina mediante un índice ajustable del gobierno. Los padres de los menores pueden recibir condenas desde tres meses de prisión a cuatro años de penitenciaría de acuerdo con el Código Penal.
Debido a la falta de recursos específicos, el control de cumplimiento fue variado y especialmente escaso en la economía informal donde tuvo lugar la mayoría del trabajo infantil.
En 2012, el último año para el cual existe información, el INAU otorgó 3.931 permisos de trabajo. Las principales actividades laborales que se consideraron no peligrosas fueron en la industria alimenticia (supermercados, restaurantes de comida rápida, panaderías) y en pequeñas granjas y avícolas. Las actividades más comunes incluyeron trabajo administrativo, clasificación de huevos y limpieza. En el 2012 el INAU trabajó con el MTSS y el Banco de Seguros del Estado para investigar 47 denuncias de trabajo infantil y con el Ministerio del Interior para llevar los casos a la justicia. El INAU tuvo 11 inspectores de trabajo infantil capacitados que hicieron 3.969 inspecciones en 2012. Durante el año, el INAU continuó sus esfuerzos para prevenir y regular el trabajo infantil y ofreció capacitación sobre temas de trabajo infantil.
Se siguió denunciando trabajo infantil en actividades como la venta ambulante, la recolección y el reciclado, la construcción, y en la agricultura y la silvicultura, áreas reguladas, en general, en forma menos estricta y donde los niños frecuentemente trabajan con sus familias. Por ejemplo, en marzo, con el apoyo del PNUD y el gobierno español, el MIDES publicó un informe sobre las condiciones de vida de niños en 1.211 hogares de Montevideo donde las familias trabajaban como clasificadores. El informe indicó que estos niños vivían en hogares precarios y hacinados con acceso limitado a agua potable, baños y servicios de saneamiento y, por lo tanto, estaban expuestos a diarrea y otras enfermedades infecciosas. Además indicó que los hogares tenían problemas de ventilación y altos niveles de humedad por estar construidos en áreas con riesgo de inundación. Asimismo, los residentes estaban expuestos a fuentes de contaminación.
El informe concluyó que más del 70% de estos niños vivían en la pobreza crónica y eran extremadamente vulnerables.
La información más reciente que ofrece el Comité Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil indicó que había aproximadamente 67.000 niños y adolescentes trabajando, de los cuales un 8,5% realizaba actividades que se consideraban peligrosas. En 2011, una encuesta del Instituto Nacional de Estadística y el Ministerio de Desarrollo Social sobre trabajo infantil estimó que 20.000 niños recolectaban basura junto con sus padres. El mismo informe caracterizó al 75% del trabajo realizado por niños de 5 a 17 años como peligroso porque implicaba el uso de maquinaria o herramientas y levantar pesos importantes. Un bajo porcentaje de niños entre las edades de 5 a 17 mendigaba para vivir. Algunos niños también fueron sometidos a explotación sexual comercial (ver Parte 6, Niños). 
Ver también las Conclusiones sobre las Peores Formas de Trabajo Infantildel Departamento de Trabajo en www.dol.gov/ilab/programs/ocft/tda.htm.
d. Condiciones aceptables de trabajo
El salario mínimo mensual para todos los trabajadores fue de $7.920 (aproximadamente US$342). El nivel oficial de ingresos per cápita que marcó la línea de pobreza fue de aproximadamente $8.971 (US$388) mensuales, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística.
La ley establece que la semana laboral para quienes trabajan en los sectores industrial y minorista no podrá superar las 44 o 48 horas con media hora a dos horas y media de descanso al día según el sector. La ley requiere que los empleados reciban el pago de una prima por horas adicionales al horario normal de trabajo. La ley otorga a todos los trabajadores el derecho a 20 días de licencia paga después de cumplir un año de trabajo y el derecho a licencia anual paga. Asimismo, prohíbe las horas extra obligatorias que superen el máximo de 50 horas de trabajo por semana. Los empleadores del sector industrial deben dar los domingos libres a los empleados o un día cada seis días de trabajo (horario rotativo). Los trabajadores del sector minorista tienen derecho a un bloque de 36 horas libres por semana.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece normas de seguridad y salud ocupacional. Algunas de las normas amparan a los trabajadores industriales urbanos en forma más adecuada que a los trabajadores rurales y agrícolas. La ley protege los derechos de los trabajadores extranjeros en el sector formal pero no extiende la protección a la economía informal.
Salvo en el sector informal, los trabajadores (incluso los del servicio doméstico, los trabajadores inmigrantes y los del sector agrícola) están cubiertos por leyes sobre salario mínimo, horas de trabajo y normas de salud y seguridad ocupacional. Los trabajadores agrícolas tienen un salario mínimo ligeramente mayor.
El MTSS es el responsable de hacer cumplir la legislación que regula el salario mínimo mensual para empleados del sector público y privado y las condiciones de salud y seguridad. El MTSS tuvo 151 inspectores generales para asuntos laborales, un número muy inferior a la norma de la Organización Internacional del Trabajo de un inspector cada 10.000 trabajadores. Las sanciones impuestas por el MTSS no fueron indicadas y en todos los casos parecieron no ser suficientes para disuadir de violar las leyes laborales. El gobierno supervisó los salarios y otros beneficios, tales como la seguridad social y el seguro médico, a través del Banco de Previsión Social y la Dirección General Impositiva. La División de Salud Ambiental y Ocupacional del Ministerio de Salud Pública es responsable de la elaboración de políticas para detectar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo que pueden afectar la salud de los trabajadores. Estas normas fueron, en general, aplicadas de manera efectiva en el sector formal, pero en menor grado en el sector informal.
Además, el MTSS tiene una sección especial para supervisar el trabajo doméstico y puede obtener autorización judicial para llevar a cabo inspecciones en los hogares para investigar posibles violaciones de la legislación laboral. No se pudo tener acceso al número de inspecciones realizadas.
Las empresas del sector formal cumplieron, en general, la reglamentación sobre el salario mínimo y la mayoría de los trabajadores ganaron más que el salario mínimo. Sin embargo, muchos trabajadores nacionales y extranjeros fueron empleados informalmente, perdiendo de ese modo el derecho a determinadas protecciones legales. Algunos trabajadores denunciaron la pérdida de otros privilegios en el trabajo sobre la base de su negativa a trabajar en condiciones inseguras. El Ministerio de Agricultura es el encargado de llevar a cabo inspecciones de seguridad y salud en el sector agrícola. No se pudo tener acceso al número de inspecciones realizadas.
Siguió habiendo algunos informes de explotación de trabajadores extranjeros en el sector agrícola y en la industria pesquera y maderera. Los accidentes laborales, principalmente en el sector de la construcción, resultaron en aproximadamente una muerte por semana. El gobierno estimó que hubo más de 52.000 accidentes laborales por año, principalmente en las industrias pesquera, de la construcción y manufacturera.

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